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    <fecha_publicacion>2012/06/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 323 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

216 

Demanda 323 de 2012 
    Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 323 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Salah El Messaoudi, contra la empresa “Asersi Cénter, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la sentencia número 297 de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Fallo
    Estimando la demanda, declaro improcedente el despido y extinguida la relación laboral y condeno a la empresa “Asersi Cénter, Sociedad Limitada”, a abonar a don Salah El Messaoudi como indemnización 3.572,91 euros y como salarios de tramitación, desde el 11 de febrero de 2012 a la fecha de esta sentencia, la cuantía de 2.864,70 euros.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de notificación de la sentencia, y para ello, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá consignar la cantidad de 300 euros en la cuenta número 2516, así como la cantidad importe de la condena en la cuenta número 2516, clave 65, que tiene abierta este Juzgado en “Banesto”, calle Princesa, número 3, de Madrid, número de banco 0030, número de agencia 1033, DC 40, indicando número de procedimiento para su localización.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asersi Cénter, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 10 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/17.792/12)</texto>
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