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    <titulo>Madrid número 7. Demanda 914 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

136 

Demanda 914 de 2010 
    Doña Rosa María Pérez Garrudo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 914 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lica Nita, contra don Raúl Recio Pastor y “Construcciones Reysa 2002, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:
    Que estimando en parte como estimo la demanda presentada por don Lica Nita, contra “Construcciones Reysa 2002, Sociedad Limitada Unipersonal”, y don Raúl Recio Pastor, debo condenar y condeno a ambos demandados a que, conjunta y solidariamente, abonen al actor la cantidad de 300 euros de principal, más los intereses legales.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
    Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Lica Nita, don Raúl Recio Pastor y “Construcciones Reysa 2002, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 9 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/18.114/12)</texto>
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