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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 1.369 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Demanda 1.369 de 2010 
    Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.369 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Alonso Pena, contra la empresa “Vanessa Rubio Logística, Sociedad Limitada”, y don Ángel Rubio González, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    En nombre del Rey se ha dictado la siguiente
    Sentencia número 208 de 2012
    En Madrid, a 16 de abril de 2012..Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de don Javier Alonso Pena, con documento nacional de identidad número 52893333-A, asistido de la letrada doña Margarita Iges Lebrancón, colegiada número 17.581, contra “Vanessa Rubio Logística, Sociedad Limitada”, que no comparece.
    Fallo
    Procede estimar la demanda planteada por don Javier Alonso Pena, contra la empresa “Vanessa Rubio Logística, Sociedad Limitada”, y don Ángel Rubio González, en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa demandada “Vanessa Rubio Logística, Sociedad Limitada”, a que abone al demandante la cantidad total de 3.462,69 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, excepto de la cantidad de 2.344,92 euros al tratarse de concepto indemnizatorio y no salarial. Con absolución de don Ángel Rubio González.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/1369/10, el importe del principal y 300 euros.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Vanessa Rubio Logística, Sociedad Limitada”, y don Ángel Rubio González, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 7 de mayo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/17.491/12)</texto>
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