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    <fecha_publicacion>2012/05/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>– El Escorial. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Escorial</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanza fiscal 
    Finzalizado el período de exposición pública y no habiéndose presentado alegaciones a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas, queda aprobada definitivamente, conforme a los artículos 17 y siguientes del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedando el texto modificado como sigue:
    Ordenanza reguladora de la tasa por licencias urbanísticas
    El epígrafe 12 de la citada ordenanza fiscal quedaría como sigue:
    “Legalizaciones de obra. En caso de que el hecho imponible de la obra se ponga de manifiesto como consecuencia de que el Ayuntamiento realice labores de inspección o actuaciones conducentes a verificar si es o no autorizable la obra, instalación, ocupación de los edificios o modificación del uso de los mismos, el tipo aplicable será:
    .	Licencia de obra menor: 8 por 100.
    .	Licencia urbanística o de obra mayor: 4 por 100.
    .	Mínimo: 100 euros”.
    El Escorial, a 11 de mayo de 2012..El alcalde, Antonio Vicente Rubio.
    (03/17.467/12)</texto>
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