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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 212 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>124</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

225 

Ejecución 212 de 2011 
    Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 212 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Jiménez García, contra la empresa “Aiscumart, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
    Parte dispositiva:
    Acuerdo:
    1.  Estimar la solicitud de aclarar el auto de fecha 23 de noviembre de 2011 dictado en este procedimiento en el sentido que se indica a continuación:
    «Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Antonio Jiménez García con la empresa “Aiscumart, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:
    Nombre del trabajador: don Antonio Jiménez García.
    Indemnización: 194,51 euros.
    Salarios: 14.938,56 euros (calculados hasta el 21 de mayo de 2011 en que presta servicios por cuenta ajena).»
    2.  Acuerdo incorporar esta resolución al libro correspondiente y llevar testimonio a los autos.
    3.  En relación a la ejecución del auto de extinción de la relación laboral de fecha 23 de noviembre de 2011, estese a la espera de la notificación a las partes de la presente resolución.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, al Fondo de Garantía Salarial y estando en paradero desconocido la parte demandada procédase a su notificación mediante edictos.
    Contra este auto no cabe interponer recurso, sin perjuicio del que pudiera interponerse frente a la resolución aclarada.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aiscumart, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 17 de abril de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/15.362/12)</texto>
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