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    <titulo>Madrid número 20. Demanda 916 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

169 

Demanda 916 de 2011 
    Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 916 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Magdalena Gismero Hernández, contra la empresa “Nail Affaire, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Fallo
    Que estimando la demanda formulada por doña Magdalena Gismero Hernández, contra la empresa “Nail Affaire, Sociedad Limitada”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora de fecha de efectos de 9 de julio de 2011 condenando a la empresa demandada a que indemnice a la actora en la suma de 1.429,40 euros y 7.283,25 euros en concepto de salarios de tramitación, declarando extinguida la relación laboral.
    En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.
    Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.
    Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado.
    Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia, o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nail Affaire, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 17 de abril de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/15.121/12)</texto>
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