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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/05/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 112 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

163 

Ejecución 112 de 2011 
    Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 112 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Arranz Cano, doña María Dolores Arroyo Rodríguez, don José Luis Baena Espada, don Juan Bocanegra Rosendo, don Aurelio Calzada Sanz, doña María José Candela Civera, don Juan Caño Uña, don Rafael Caño Uña, doña Clotilde Carretero Martínez, doña Eugenia Carretero Martínez, don Eugenio Cejudo Rodríguez, don José Luis Comino Torres, doña María Consuelo Cruz Blanco, don Juan de Dios Cruz Bonales, doña María Begoña Cruz Jiménez, doña María Rosa de Caso Burgo, don Dionisio de Diego Iglesias, don Rafael de la Rubia García, doña Begoña Delgado Iglesias, doña Silvia Díaz Arias, doña Ana María Díez García, doña Rosario Duque Guijo, doña María Begoña Eguiluz Barrasa, don Nazaret Escamilla Flores, doña María Begoña Estangüi Gil, doña Rocío Fernández Fernández, doña Cristina Fernández López Rey, doña Ana Isabel Fernández Ortega, doña Consuelo Fernández Zapata, doña Josefa Fuentes Rodríguez, doña Encarnación Gabasa Muñoz, doña María Gema Gadea Ruiz, don Julio Galán Sáez, don José María Gambín Rubio, don Javier García Arias Romero de Ávila, doña Silvia García Calvo, doña Margarita García Nacarino, don Juan García Robledo, doña Consolación Garde Toledano, doña Josefa González González, doña Yolanda Holgado Fernández, don Orencio Holgado García, doña Silvia Isla Freire, don Francisco Javier Leonor Hernández, don Rafael López Covarrubias, doña Amaya Llorens Bermejo, doña María del Pilar Luengo Torres, doña Natalia Martínez García, doña Laura Martínez Manzano, doña Míriam Martos Toro, doña Rosario Meseguer Antolínez, don Manuel Morales Montalbán, don Isaías Morcillo Cabezuelo, doña Isabel Moreno Fernández, don Miguel Ángel Mota Becerro, doña Sonia Navas Revidiego, doña Arántzazu Nieto Pérez, doña Catalina Nieves Rivera, don Alberto Núñez López, don Carlos Núñez Rosado, doña María del Carmen Olarte González, don José Manuel Pasero Jiménez, don Vladimir Pop, don Cirilo Portugués Gómez, don Domingo Prada Garrido, doña Esperanza Prieto Bernabé, doña Heliodora Prieto Hernández, don Epifanio Rioja Llopis, don Ricardo Rodea Paredes, doña Susana Rosales Bocanegra, doña María del Carmen Rodríguez Fernández, doña María Cristina Rodríguez Nombela, doña Verónica Romero Polo, doña María Mercedes Rosales Melle, doña Raquel Rubio Rojas, doña Arantza Ruiz Prieto, doña Florencia Salinero Moreno, don Juan Carlos Sánchez García, doña Mercedes Sánchez Sanz y don José Antonio Serrano Moreno, contra la empresa “Favidema, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Auto
    En Madrid, a 29 de julio del presente, por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, doña Helena Burgos Herrera, se dicta la siguiente:
    Parte dispositiva:
    Se despacha la ejecución general y definitiva de la avenencia lograda entre las partes en el presente proceso a favor de los ejecutantes, contra “Favidema, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 1.160.253,02 euros de principal, más la de 6.961,51 euros de intereses y 116.025,30 euros de costas, calculados ambos conceptos provisionalmente, para garantizar el pago de los mismos.
    Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículos 250 y 23 de la Ley de Procedimiento Laboral), haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte de la ejecutada, la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en el que deberán expresar todos los motivos de impugnación y que habrá de presentarse en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social (firmado).
    Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral..Doy fe.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Favidema, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 16 de abril de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/14.793/12)</texto>
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