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    <fecha_publicacion>2012/05/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Chapinería. Régimen económico. Tasa recogida basuras 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Chapinería</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Tasa recogida basuras 2012 
    En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 124.3 y 88 de la Ley General Tributaria y del Reglamento General de Recaudación, respectivamente, se hace público que mediante decreto de Alcaldía, de 24 de abril de 2012, se aprobaron los siguientes padrones de contribuyentes:
           
        Los referidos padrones se encuentran expuestos al público en las oficinas municipales, a fin de que por los interesados puedan ser examinados y presentarse cuantas alegaciones estimen oportunas contra el mismo, en el supuesto de no presentarse ninguna reclamación durante el período de exposición pública, el acuerdo provisional quedará elevado a definitivo sin más trámites, pudiendo interponer contra el mismo el recurso de reposición a que se refiere el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de ­inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    El plazo de ingreso, en período voluntario, será el establecido en el calendario general de recaudación, aprobado y posteriormente publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Chapinería, a 24 de abril de 2012..El alcalde en funciones, Juan Carlos Cid Ruiz.
    (02/3.699/12)</texto>
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