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    <titulo>– Casarrubuelos. Régimen económico. Ordenanza venta ambulante</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Casarrubuelos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE CASARRUBUELOS
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Ordenanza venta ambulante 
    El Pleno del Ayuntamiento de Casarrubuelos (Madrid), en sesión ordinaria celebrada el día 3 de marzo de 2012, acordó la aprobación inicial de la ordenanza reguladora de la venta ambulante.
    Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    En Casarrubuelos, a 30 de abril de 2012..El alcalde, Álvaro Sánchez Vara.
    (03/16.082/12)</texto>
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