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    <fecha_publicacion>2012/05/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Torres de la Alameda. Régimen económico. Modificación ordenanza tasa ocupación dominio público</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torres de la Alameda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanza tasa ocupación dominio público 
    Que, concluido el período de exposición pública de la modificación provisional del cuadro de tarifas del apartado g) del artículo 6 de la ordenanza reguladora de la tasa por ocupación del dominio público local, sin que se hayan presentado reclamaciones y/o alegaciones, se considera elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento el 26 de enero de 2012, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, de reclamaciones y alegaciones, quedando su redacción definitiva de la forma y con el contenido que a continuación se recoge:
    “g)  Ocupaciones para la utilización de vallas, columnas, carteles y otras instalaciones análogas para la exhibición con fines publicitarios:
           
        El resto del apartado g) del artículo 6 queda con el mismo texto y con la misma redacción, sin modificación alguna.
    En Torres de la Alameda, a 24 de abril de 2012..La alcaldesa-presidenta, Clara Torre Ruiz.
    (03/15.833/12)</texto>
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