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    <identificador>BOCM-20120511-76</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>PARACUELLOS DE JARAMA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/05/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Paracuellos de Jarama. Ofertas de empleo. Bases convocatoria una plaza técnico informático</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>112</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PARACUELLOS DE JARAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA
    OFERTAS DE EMPLEO
 

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Bases convocatoria una plaza técnico informático 
    En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 109 de fecha 8 de mayo de 2012, en su página 186 se inserta anuncio 02/3.718/12, donde se ha detectado error tipográfico, por lo que se procede a su rectificación:
    En el punto 2. Criterios de selección, al final del apartado a), hay que incluir el siguiente texto:
    Por servicios prestados en la Administración Pública mediante el régimen del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con 0,3 puntos para cada trimestre de servicio o infracción, a razón de una jornada comparable a tiempo completo con un trabajador en régimen laboral o funcionarial. Por servicios prestados en la Administración Pública mediante el régimen del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, como técnico informático 0,05 puntos, por cada trimestre de servicio o fracción, a razón de una jornada comparable a tiempo parcial con un trabajador en régimen laboral o funcionarial (la fracción mínima admitida será de dos meses).
    En el punto 3. Solicitudes, antes del apartado de la fecha límite para la alegación, hay que incluir el siguiente texto:
    Los documentos acreditativos de los contratos realizados, según el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, deberán venir acompañados de un certificado del secretario/a o funcionario/a, deberán venir acompañados de un certificado del secretario/a o funcionario/a que de fe pública en la administración, donde prestaron los servicios en el cual establezca el tiempo de duración de los mismos y jornada efectivamente realizada, con el visto bueno del alcalde o concejal-delegado si es una corporación local, o del superior jerárquico si se trata de otra Administración Pública.
    Madrid, a 10 de mayo de 2012.
    (03/16.744/12)</texto>
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