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    <identificador>BOCM-20120511-171</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSORCIO DE LAS UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y DE LA UNED PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/05/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Consorcio de las Universidades de la Comunidad de Madrid y de la UNED para la Cooperación Bibliotecaria. Creación ficheros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>112</diario_numero>
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    <seccion>V. OTROS ANUNCIOS</seccion>
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  <texto>V. OTROS ANUNCIOS       
    CONSORCIO DE LAS UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y DE LA U.N.E.D. PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA
 

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Creación ficheros 
    Propuesta de acuerdo del Consejo de Gobierno del Consorcio Madroño, por el que se aprueba la creación de cuatro ficheros de datos de carácter personal.
    La existencia de ficheros de carácter personal y los avances tecnológicos, singularmente los informáticos, suponen posibilidades de intromisión en el ámbito de la privacidad e intimidad, así como de limitación y vulneración del derecho a la autodisposición de las informaciones que son relevantes para cada persona.
    Por ello, el ordenamiento jurídico reconoce derechos en este campo y establece mecanismos para su garantía. La Constitución española, en su artículo 18, reconoce como derecho fundamental el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y establece que la “Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.
    El Tribunal Constitucional, interpretando este artículo, ha declarado en su jurisprudencia, y especialmente en sus sentencias 290/2000 y 292/2000, que este derecho abarca la protección de datos de carácter personal, otorgándole una sustantividad propia. Este derecho ha sido denominado por la doctrina como “derecho a la autodeterminación informativa”, o “derecho a la autodisposición de las informaciones personales”, que cuando se refiere al tratamiento automatizado de datos, se incluye en el concepto más amplio de “libertad informativa”.
    La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y la Ley de la Comunidad de Madrid 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal, establecen un conjunto de medidas para garantizar y proteger este derecho fundamental.
    El Consorcio Madroño está incluido, respecto a los ficheros de carácter personal, en el ámbito de aplicación de la Ley de la Comunidad de Madrid 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal, tal y como establece su artículo 2.
    El artículo 4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    La presente resolución ha sido sometida al informe preceptivo de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. Por cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo de alegaciones, y habiéndose cumplido los trámites establecidos en la Ley 8/2001, de 13 de julio, y el Decreto 99/2002, de 1 de julio,
    ACUERDA
    Primero.  Creación..Se procede a la creación de los ficheros de datos de carácter personal denominados: “Newsletter Madroño”, que se incluye en el anexo I, Cursos Madroño, que se incluye en el anexo II, Intranet Madroño, que se incluye en el anexo III, y Becas Madroño, que se incluye en el anexo IV.
    Segundo.  Medidas de seguridad..Los ficheros que se crean contempla las medidas de seguridad correspondientes, tal y como dispone el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
    Tercero.  Publicación..De conformidad con lo preceptuado en el decreto de la Comunidad de Madrid 99/2002, de 13 de junio, se ordena que la presente resolución sea publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Cuarto.  Entrada en vigor..La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    ANEXO I
    CREACIÓN DE FICHEROS
    Fichero: NEWSLETTER MADROÑO.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: CONSORCIO DE UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNED PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): CONSORCIO DE UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNED PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA.
    Nombre y descripción del fichero: NEWSLETTER MADROÑO.
    Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.
    Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.
    Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO. OTROS DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO: CORREO ELECTRÓNICO.
    Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: INFORMACIÓN DE CONTACTO DE PERSONAS INSCRITAS AL BOLETÍN DE NOTICIAS EN FORMATO ELECTRÓNICO DEL CONSORCIO MADROÑO.
    Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: SOLICITANTES. ASOCIADOS O MIEMBROS.
    Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.
    Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.
    ANEXO II
    CREACIÓN DE FICHEROS
    Fichero: CURSOS MADROÑO.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: CONSORCIO DE UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNED PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): CONSORCIO DE UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNED PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA.
    Nombre y descripción del fichero: CURSOS MADROÑO.
    Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.
    Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.
    Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO: NOMBRE Y APELLIDOS, TELÉFONO. OTROS DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO: CORREO ELECTRÓNICO.
    Otros tipos de datos: datos académicos y profesionales.
    Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: INFORMACIÓN IDENTIFICATIVA Y DE CONTACTO, DE PERSONAS INSCRITAS A LOS CURSOS Y SEMINARIOS QUE ORGANIZA EL CONSORCIO MADROÑO.
    Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: SOLICITANTES.
    Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.
    Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.
    ANEXO III
    CREACIÓN DE FICHEROS
    Fichero: INTRANET MADROÑO.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: CONSORCIO DE UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNED PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): CONSORCIO DE UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNED PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA.
    Nombre y descripción del fichero: INTRANET MADROÑO.
    Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.
    Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.
    Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO: NOMBRE Y APELLIDOS, TELÉFONO. OTROS DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO: CORREO ELECTRÓNICO.
    Otros tipos de datos: datos académicos y profesionales.
    Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: INFORMACIÓN IDENTIFICATIVA Y DE CONTACTO DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA ACCEDER A LA INTRANET Y A OTROS SERVICIOS DE ACCESO RESTRINGIDO DEL CONSORCIO MADROÑO. CON ESTOS DATOS SE CREA UN DIRECTORIO.
    Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: ASOCIADOS O MIEMBROS.
    Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal, otras personas físicas.
    Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.
    ANEXO IV
    CREACIÓN DE FICHEROS
    Fichero: BECAS MADROÑO.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: CONSORCIO DE UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNED PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): CONSORCIO DE UNIVERSIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNED PARA LA COOPERACIÓN BIBLIOTECARIA.
    Nombre y descripción del fichero: BECAS MADROÑO.
    Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.
    Medidas de seguridad: medidas de nivel básico.
    Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO: DNI/NIF, NOMBRE Y APELLIDOS, DIRECCIÓN, TELÉFONO, IMAGEN/VOZ. OTROS DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO: CORREO ELECTRÓNICO.
    Otros tipos de datos: datos académicos y profesionales.
    Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: INFORMACIÓN DE CONTACTO, FORMACIÓN Y EXPERIENCIA LABORAL, DE CANDIDATOS A BECARIOS EN MADROÑO O SUS UNIVERSIDADES MIEMBRO.
    Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: ESTUDIANTES. SOLICITANTES.
    Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.
    Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: no se prevén cesiones.
    Madrid, a 10 de abril de 2012..El presidente, José Manuel Vera Santos.
    (03/14.857/12)</texto>
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