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    <fecha_publicacion>2012/05/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 1.031 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

168 

Demanda 1.031 de 2011 
    Don Manuel López Jara, secretario judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.031 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sebastián de la Cruz Gutiérrez, contra Fondo de Garantía Salarial y “Sabores El Pampa, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Fallo
    Que estimando parcialmente la demanda formulada por don Sebastián de la Cruz Gutiérrez, contra “Sabores El Pampa, Sociedad Limitada”, en materia de reclamación de cantidad, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa “Sabores El Pampa, Sociedad Limitada”, a abonar a don Sebastián de la Cruz Gutiérrez, la cantidad de 1.626,99 euros, obligándole a estar y pasar por dicho pronunciamiento y absolviéndole de los restantes deducidos en su contra.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no cabe recursos.
    Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sabores El Pampa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 30 de marzo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/13.568/12)</texto>
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