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    <fecha_publicacion>2012/05/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 638 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

83 

Procedimiento 638 de 2011 
    En el procedimiento número 638 de 2011 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 204 de 2011
    En Alcalá de Henares (Madrid), a 29 de marzo de 2012..Vistos por mí, don Iván Marcos García-Diego Ruiz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal sobre medidas paterno-filiales número 638 de 2011, en el que son parte: como demandante, don Abdelaziz El Benai, representado por la procuradora señora Higueras Carranza y asistido por la letrada doña Mónica Pinedo Santamaría, y, como demandada, doña Estrella Pérez Vargas, declarada en situación de rebeldía procesal, con intervención del ministerio fiscal.
    Fallo
    Que estimando como estimo parcialmente la demanda presentada por la procuradora señora Higueras Carranza, en nombre y representación de don Abdelaziz El Benai, debo acordar y acuerdo como medidas que deben regir en la relación entre el demandante; la demandada, doña Estrella Pérez Vargas, y las dos hijas en común de ambos, llamadas Yasmín y Nasita El Benai Pérez, las siguientes:
    Se atribuye al padre la guarda y custodia de sus dos hijas menores, siendo la patria potestad compartida entre ambos progenitores.
    Se deja a criterio del demandante la determinación del modo, lugar y tiempo en que sus dos hijas menores deban comunicarse con su madre.
    Se establece una pensión de alimentos a cargo de la madre y a favor de sus hijas por importe de 50 euros mensuales para cada una de ellas (100 euros en total), que deberán ser ingresados, con carácter anticipado, dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que a tal efecto designe el padre. Dicha suma se verá actualizada anualmente conforme a las variaciones que experimente el índice de precios al consumo fijado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya.
    No se hace especial imposición de las costas causadas.
    Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que deberá ser interpuesto ante este Juzgado mediante escrito presentado en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la presente sentencia, conforme al artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
    Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Estrella Pérez Vargas,  se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.
    Alcalá de Henares, a 9 de abril de 2012..El secretario (firmado).
    (03/14.215/12)</texto>
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