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    <fecha_publicacion>2012/05/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villa del Prado. Régimen económico. Presupuesto general 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>106</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villa del Prado</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

68 

Presupuesto general 2012 
    De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 127 del texto refundido del Régimen Local, de 18 de abril de 1986, y habida cuenta que la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de abril de 2012, ha desestimado las alegaciones presentadas contra el acuerdo de aprobación inicial y ha procedido a la aprobación definitiva del presupuesto general 2012, se hace constar lo siguiente:
           

                      
        Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el citado presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Villa del Prado, a 30 de abril de 2012..La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.
    (03/15.614/12)</texto>
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