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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 1.443 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

93 

Demanda 1.443 de 2011 
    Doña Yolanda Caballero Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.443 de 2011-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Collado Aguayo, contra la empresa “Mills Café 3, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
    Fallo
    Estimando la demanda interpuesta por doña María José Collado Aguayo, frente a la empresa “Mills Café 3, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.069,11 euros (salvo error u omisión) en concepto de los salarios adeudados, incrementada en el 10 por 100, en concepto de interés por mora.
    Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial al amparo de lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno (artículo 191.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mills Café 3, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Móstoles, a 22 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/12.520/12)</texto>
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