<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120502-18</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>BECERRIL DE LA SIERRA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/05/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Becerril de la Sierra. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>104</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-05-02-104230420120126</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/05/02/BOCM-20120502-18.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/05/02/BOCM-20120502-18.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/05/02/BOCM-20120502-18.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/05/02/BOCM-20120502-18.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Becerril de la Sierra</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

18 

Modificación ordenanza fiscal 
    En la Secretaría de este Ayuntamiento, y conforme dispone los artículos 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se encuentra expuesta al público a efectos de reclamaciones el expediente relativo a la aprobación inicial o provisional de la modificación de los siguientes artículos de la ordenanza municipal y fiscal reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y uso de las instalaciones deportivas municipales, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 14 de abril de 2012.
    Los interesados legitimados según lo dispuesto en la legislación anteriormente referida podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
    a)	Plazo de exposición y reclamaciones: treinta días naturales, contados desde el día siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
    c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
    En ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública antes citado, el acuerdo de aprobación inicial de la citada ordenanza quedará elevado a definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.
    En Becerril de la Sierra, a 17 de abril de 2012..El alcalde, José Conesa López.
    (03/13.881/12)</texto>
</documento>