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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/05/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Cuenca número 1. Despido 496 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1
    EDICTO
 

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Despido 496 de 2011 
    Doña Ángeles de las Heras López, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.
    Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 496 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carmelo Cuenca García, contra las empresas “Transmilatriz, Sociedad Limitada”, “Rumoil, Sociedad Limitada”, “Aljoser, Sociedad Limitada”, “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, “Raíl Oil, Sociedad Limitada”, “Cítium Eurogroup, Sociedad Limitada”, “Rondox Transport, Sociedad Limitada”, “Transvibeca, Sociedad Limitada”, doña Antonia Calleja Araque, don Isidoro Calleja Araque, doña Beatriz Calleja Araque, don Vicente Calleja Araque, doña Milagros Araque García y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Auto
    Magistrado-juez de lo social, don Fernando Lisbona Laguna..En Cuenca, a 9 de marzo de 2012.
    Vistos los preceptos mencionados y demás de general y pertinente aplicación,
    Parte dispositiva:
    Que desestimando íntegramente el recurso de reposición interpuesto por el letrado don Javier Bernal del Barrio, en nombre y representación de don Carmelo Cuenca García, no ha lugar a lo solicitado.
    Modo de impugnación: contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno.
    Así lo acuerda y firma su señoría..Doy fe.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a “Rondox Transport, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Cuenca, a 9 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/12.504/12)</texto>
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