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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 762 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

80 

Demanda 762 de 2011 
    Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 762 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Duato Almenara, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, “Semiconductores Investigación y Diseño, Sociedad Anónima”, don José M. del Carré Díaz Gálvez y don Pedro Bautista Marín Molina, sobre Seguridad Social, se ha dictado la sentencia siguiente:
    Fallo
    Estimo la demanda de la actora doña Ana Duato Almenara y declaro su derecho a percibir la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2010 y el 9 de marzo de 2011, por importe de 6.344,85 euros.
    En consecuencia, condeno a la empresa “Semiconductores Investigación y Diseño, Sociedad Anónima”, como responsable directa del pago de la prestación anteriormente señalada y, asimismo, declaro responsable por vía de anticipo a la “Mutua Fraternidad Muprespa”, a quien condeno a que abone a la actora las cantidades señaladas, sin perjuicio de repetir frente a la empresa con quien tiene concertada la contingencia.
    Absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social de lo pretendido con la demanda, que responderán, únicamente y de manera subsidiaria, para el supuesto de insolvencia de la mutua.
    Notifíquese esta sentencia a los administradores concursales, don José María del Carré Díaz-Gálvez y don Pedro Bautista Martín Molina.
    Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.
    Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Semiconductores Investigación y Diseño, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 26 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/12.691/12)</texto>
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