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    <titulo>Madrid número 4. Juicio de faltas 861 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 861 de 2011 
    Don Pedro José Hernández Gallego, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 861 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    Sentencia número 865 de 2011
    En Madrid, a 7 de octubre de 2011..Vistos por mí, don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 861 de 2011, en los que han sido partes el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como implicado don Iulian Cega.
    Fallo
    Que debo condenar y condeno a don Iulian Cega, como autor responsable de una falta de hurto tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de doce días de localización permanente, condenándole también al pago de las costas procesales e igualmente al comiso de los objetos intervenidos.
    Procédase a la entrega definitiva de los efectos a la entidad “Blanco”.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Iulian Cega, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 15 de marzo de 2012..El secretario (firmado).
    (03/12.628/12)</texto>
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