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    <fecha_publicacion>2012/04/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Demanda 1.476 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

172 

Demanda 1.476 de 2010 
    Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.476 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Julián Rodríguez, contra la empresa “Sustir Glass AJC, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Sentencia número 79 de 2012
    En Madrid, a 12 de marzo de 2012..Vistos por su señoría ilustrísima, doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción, en reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, don Sergio Julián Rodríguez, asistido del letrado don Juan Enrique Méndez García Abad, y como parte demandada, “Sustir Glass AJC, Sociedad Limitada”.
    Por lo razonado, vistos los preceptos legales citados y demás de preferente y pertinente aplicación,
    Fallo
    Estimando la demanda interpuesta por doña María del Pilar Pajarero, frente a “Sustir Glass AJC, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la demandada al abono a la actora de la suma de 3.436,55 euros en concepto de cantidad bruta reclamada, que deberá ser incrementada por el recargo del 10 por 100 de interés por mora.
    Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo y forma establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sustir Glass AJC, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 16 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/12.090/12)</texto>
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