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    <fecha_publicacion>2012/04/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Cuantía asistencias órganos colegiados</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HOYO DE MANZANARES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Cuantía asistencias órganos colegiados 
    El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2012, adoptó el acuerdo que, en su parte dispositiva, dice así:
    Primero..Establecer que los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencia por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que forme parte, en la cuantía de:
    .	Asistencias al Pleno: 120 euros.
    .	Asistencias a comisiones informativas: 49 euros.
    Segundo..Fijar el límite máximo presupuestario por concejal y año para asistencias a órganos colegiados en 2.880 euros.
    Tercero..Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijar en el tablón de anuncios de la Corporación el presente acuerdo para general conocimiento.
    En Hoyo de Manzanares, a 3 de abril de 2012..El primer teniente de alcalde, alcalde en funciones, Juan Ramón de Lózar Arroyo.
    (03/12.846/12)</texto>
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