<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120423-63</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VALVERDE DE ALCALÁ</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/04/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Valverde de Alcalá. Organización y funcionamiento. Ordenanza seguridad y convivencia ciudadana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>96</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-04-23-96170420120260</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/23/BOCM-20120423-63.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/23/BOCM-20120423-63.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/23/BOCM-20120423-63.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/23/BOCM-20120423-63.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valverde de Alcalá</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE ALCALÁ
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

63 

Ordenanza seguridad y convivencia ciudadana 
    El Pleno del Ayuntamiento de Valverde de Alcalá, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2012, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de la seguridad y convivencia ciudadana de Valverde de Alcalá, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    En Valverde de Alcalá, a 2 de abril de 2012..El alcalde-presidente, Gregorio Machicado de la Heras.
    (03/12.559/12)</texto>
</documento>