<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120419-40</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2012/04/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Notificación
– Resolución de 27 de marzo de 2012, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 29/2012, de 12 de enero, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por don Antonio Madera del Pozo contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 6 de septiembre de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>93</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-04-19-93130420120065</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/19/BOCM-20120419-40.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/19/BOCM-20120419-40.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/19/BOCM-20120419-40.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/19/BOCM-20120419-40.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
    D) Anuncios
    CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO           
 

40 

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2012, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 29/2012, de 12 de enero, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por don Antonio Madera del Pozo contra la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 6 de septiembre de 2010. 
    Intentada sin efecto la notificación de la Orden 29/2012, de 12 de enero, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por don Antonio Madera del Pozo; procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    Visto el recurso de reposición interpuesto por don Antonio Madera del Pozo contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 6 de septiembre de 2010, dictada en el expediente RBE 280000230137, se constatan los siguientes
    HECHOS
    Primero
    Con fecha 23 de mayo de 2010, don Antonio Madera del Pozo presenta solicitud de reconocimiento del derecho a la Renta Básica de Emancipación regulada por el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre.
    Segundo
    Una vez analizada la documentación aportada, en relación con los requisitos necesarios para acreditar el derecho a la ayuda, se pone de manifiesto que la fuente de ingresos regular del solicitante supera los 22.000 euros brutos anuales.
    En consecuencia, con fecha 6 de septiembre de 2010, la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio dicta Orden mediante la que se deniega a don Antonio Madera del Pozo el derecho a obtener la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes.
    Tercero
    Contra la citada Orden, don Antonio Madera del Pozo ha interpuesto recurso de reposición, dentro del plazo legalmente establecido, en el que alega, en síntesis, disconformidad con la Orden impugnada.
    Cuarto
    La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido el informe a que se refiere el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proponiendo la desestimación del recurso.
    FUNDAMENTOS DE DERECHO
    Primero
    La competencia para resolver el recurso de reposición interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
    Segundo
    En cuanto a las cuestiones de fondo, el recurrente manifiesta, en síntesis, disconformidad con la Orden impugnada.
    En relación con lo alegado, el artículo 2.c) del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, dispone que, entre otros, deberá “disponer de una fuente regular de ingresos que le reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros”.
    Pues bien, una vez acreditado que la fuente de ingresos regular del solicitante supera los 22.000 euros brutos anuales, se dictó Orden denegando la ayuda, Orden que debe ser confirmada en vía de recurso por ser conforme a derecho.
    En consecuencia, de conformidad con el informe emitido por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, en el que se propone desestimar el recurso de reposición interpuesto,
    DISPONGO
    Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don Antonio Madera del Pozo contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de 6 de septiembre de 2010, dictada en el expediente RBE 280000230137.
    Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.
    Madrid, a 27 de marzo de 2012..El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
    (03/12.750/12)</texto>
</documento>