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    <fecha_publicacion>2012/04/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Coslada número 6. Juicio de faltas 42 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 6
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 42 de 2011 
    Doña Paloma Granell Guyatt, secretaria del Juzgado de instrucción número 6 de Coslada.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 42 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    En Coslada, a 17 de junio de 2010..Vistos los presentes autos de juicio de faltas número 226 de 2010 por la magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 6 de Coslada, doña Raquel Robles González, seguidos por una presunta falta penal por hurto, con la intervención del ministerio fiscal, y como denunciante doña Evangelina Ramírez, perjudicado “Carrefour”, y como denunciada doña Adriana Liliana Manole.
    Fallo
    Que debo condenar y condeno a doña Adriana Liliana Manole, como autora responsable de una falta de hurto del artículo 623 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, a razón de 4 euros por día, que deberá hacer efectiva en un plazo a través de consignación en la cuenta de este Juzgado, con la imposición, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas, todo ello con condena en costas.
    Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jesús Moreno Alonso, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Coslada, a 9 de marzo de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/10.828/12)</texto>
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