<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120418-206</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/04/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Bilbao número 2. Autos 446 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>92</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-04-18-92040420120441</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/18/BOCM-20120418-206.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/18/BOCM-20120418-206.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/18/BOCM-20120418-206.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/18/BOCM-20120418-206.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 2
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

206 

Autos 446 de 2011 
    Doña Inés Alvarado Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Bilbao (Bizkaia).
    Hago saber: Que en autos de juicio social ordinario número 446 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ramón Fernández Pisonero, contra Fondo de Garantía Salarial, “Iberia Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima”, y “Trébol Informática, Sociedad Limitada”, sobre derecho, se ha dictado la siguiente sentencia:
    Fallo
    Desestimando íntegramente la demanda presentada por don José Ramón Fernández Pisonero, frente a “Trébol Informática, Sociedad Limitada”, “Iberia Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar que no existe cesión ilegal de trabajadores, absolviendo a las demandadas de todas las pretensiones formuladas en su contra.
    Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, debiendo designar letrado o graduado social para su formalización.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Trébol Informática, Sociedad Limitada”, don Julio Alberto del Real Alcalá, y don Pedro Graciano Sánchez García, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Bilbao (Bizkaia), a 7 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/10.850/12)</texto>
</documento>