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    <titulo>Madrid número 25. Demanda 1.164 de 2010</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Demanda 1.164 de 2010 
    Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.164 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Massimo Dalla Costa, contra la empresa “Soluzioni Made in Italy, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 9 de marzo de 2012 de anuncio de recurso del tenor literal siguiente:
    Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María José González Huergo..En Madrid, a 9 de marzo de 2012.
    Visto el precedente escrito de fecha 23 de febrero de 2012, únase a los autos de su razón. Se tiene por anunciado recurso de suplicación por Fondo de Garantía Salarial contra la sentencia dictada en este proceso. Se advierte al letrado designado por la parte recurrente, don José Fernando Alonso Núñez y demás letrados del Fondo de Garantía Salarial, que quedan a su disposición los autos en esta Secretaría para que se hagan cargo de ellos e interpongan el recurso en los diez días siguientes al del vencimiento de dicha audiencia, que correrán cualquiera que sea el momento en que se retiren los autos puestos a su disposición. De no efectuarse lo que antecede en tiempo y forma, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso. Se le advierte para que en su escrito de formalización señale un domicilio en la localidad en que radica la sede del Tribunal Superior de Justicia conforme dispone el artículo 198 de la Ley de Procedimiento Laboral.
    Notifíquese esta resolución a las partes.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.
    Adviértase que quien no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social que para recurrir será precisa la consignación como depósito de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta con el número 2523 en “Banesto”, indicando el número de procedimiento y acompañando justificante bancario a tal fin.
    Lo mando y acuerdo. Doy fe..La secretaria judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soluzioni Made in Italy, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 9 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/11.150/12)</texto>
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