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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Ordenanza autorización temporal terrazas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Ordenanza autorización temporal terrazas 
    En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, y de conformidad con el artículo 49 de la disposición primeramente citada, se hace público, para general conocimiento, que el Pleno, en sesión de 29 de marzo de 2012, ha aprobado inicialmente la ordenanza reguladora de la autorización temporal y régimen de funcionamiento de las terrazas anejas a establecimientos hosteleros o de restauración, sometiéndolo a información pública por plazo de treinta días a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, plazo durante el que se podrá examinar el expediente en la Secretaría General del Pleno y formular reclamaciones o sugerencias.
    Pozuelo de Alarcón, a 2 de abril de 2012..La secretaria general del Pleno [resolución de 16 de septiembre de 1999; “Boletín Oficial del Estado” número 232, de 28 de septiembre de 1999, y disposición adicional quinta a) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre], Elvira M. C. García García.
    (03/12.462/12)</texto>
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