<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120414-41</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/04/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 2. Demanda 377 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>89</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-04-14-89040420120052</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/14/BOCM-20120414-41.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/14/BOCM-20120414-41.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/14/BOCM-20120414-41.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/14/BOCM-20120414-41.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

41 

Demanda 377 de 2011 
    Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 377 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso García Muñoz, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, “Cerramientos en Aluminio y PVC Pórtico, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre Seguridad Social, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente.
    Parte dispositiva:
    Ha lugar a la aclaración de la sentencia de fecha 14 de febrero de 2012, recaída en el presente procedimiento número 377 de 2011, en sentido de completar el fallo de tal sentencia añadiendo al mismo el siguiente párrafo:
    «Del abono de dicha prestación responderá “Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Asepeyo”.»
    Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que el plazo para interponer recurso de suplicación frente a la sentencia aclarada comenzará a computarse a partir de la notificación del presente auto.
    Incorpórese esta resolución al libro de autos y sentencias de este Juzgado, dejándose en las actuaciones testimonio de la misma.
    Lo acuerda y firma don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cerramientos en Aluminio y PVC Pórtico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 8 de marzo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/10.517/12)</texto>
</documento>