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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 8 de 2012</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

100 

Ejecución 8 de 2012 
    Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 8 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cira González Fernández, contra la empresa “Colony Iberia, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto despachando ejecución y diligencia de ordenación con señalamiento de vista ambas resoluciones de fecha 6 de febrero de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
    Parte dispositiva:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución a los solos efectos de citar a comparecencia de readmisión irregular a favor de la parte ejecutante doña Cira González Fernández, frente a “Colony Iberia, Sociedad Limitada”.
    Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
    Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Miguel Ángel Sánchez Grande..En Madrid, a 6 de febrero de 2012.
    Por presentado el anterior escrito por el letrado don Daniel Sevilla Sanz con fecha 1 de diciembre de 2011, en nombre y representación de doña Cira González Fernández, únase a los autos de su razón, con traslado de copia a la parte contraria.
    Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 25 de octubre de 2011 a la demandada “Colony Iberia, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Cira González Fernández, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, el día 28 de junio de 2012, a las nueve horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión, advirtiéndose a las partes de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia, quedando citadas mediante la notificación de la presente resolución.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el secretario judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, decreto que ponga fin al procedimiento o resuelva incidente, o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Colony Iberia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 8 de marzo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/11.109/12)</texto>
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