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    <departamento>Consejería de Asuntos Sociales</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/04/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ficheros datos personales
– Resolución 756/2012, de 15 de marzo, por la que se acuerda publicar el inicio de la fase de alegaciones relativa al proyecto de disposición de carácter general por la que se crean 35 ficheros de datos de carácter personal denominados “Videovigilancia” del Servicio Regional de Bienestar Social</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
    C) Otras Disposiciones
    CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES           
 

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RESOLUCIÓN 756/2012, de 15 de marzo, por la que se acuerda publicar el inicio de la fase de alegaciones relativa al proyecto de disposición de carácter general por la que se crean 35 ficheros de datos de carácter personal denominados “Videovigilancia” del Servicio Regional de Bienestar Social. 
    En Servicio Regional de Bienestar Social ha elaborado un proyecto de disposición de carácter general por el que se aprueba la creación de varios ficheros que contienen datos de carácter personal.
    La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en su artículo 5, regula el procedimiento para la aprobación de disposición de carácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficheros de carácter personal en la Comunidad de Madrid.
    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.5 de la citada Ley y en el artículo 9 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, es necesario, una vez elaborado el proyecto de disposición y realizados los trámites preceptivos, abrir una fase de alegaciones relativas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datos de carácter personal que pretendan solicitarse en relación con la finalidad del fichero.
    En su virtud y en uso de las competencias conferidas por las disposiciones vigentes,
    RESUELVO
    Publicar, para general conocimiento, el inicio de la fase de alegaciones relativa al proyecto de disposición de carácter general por la que se crean los siguientes ficheros:
    .	“Videovigilancia RM Parla”.
    .	“Videovigilancia RM Getafe”.
    .	“Videovigilancia RM Goya”.
    .	“Videovigilancia RM Gran Residencia”:
    .	“Videovigilancia RM La Paz”:
    .	“Videovigilancia RM Manoteras”.
    .	“Videovigilancia RM Navalcarnero”.
    .	“Videovigilancia RM Nuestra Señora del Carmen”.
    .	“Videovigilancia RM Reina Sofía”.
    .	“Videovigilancia RM San Fernando”.
    .	“Videovigilancia RM San José”.
    .	“Videovigilancia RM San Martín de Valdeiglesias”.
    .	“Videovigilancia RM Santiago Rusiñol”.
    .	“Videovigilancia RM Torrelaguna”.
    .	“Videovigilancia RM Vallecas”.
    .	“Videovigilancia RM Villaviciosa de Odón”.
    .	“Videovigilancia RM Vista Alegre”.
    .	“Videovigilancia RM Francisco de Vitoria”.
    .	“Videovigilancia CO Barajas”.
    .	“Videovigilancia CADP Arganda”.
    .	“Videovigilancia CADP Dos de Mayo”.
    .	“Videovigilancia CADP Getafe”.
    .	“Videovigilancia CADP Mirasierra”.
    .	“Videovigilancia CM Los Cármenes”.
    .	“Videovigilancia CM San Blas”.
    .	“Videovigilancia CO Ángel de la Guarda”.
    .	“Videovigilancia RM Gastón Baquero”.
    .	“Videovigilancia CO Carabanchel”.
    .	“Videovigilancia CO Ciudad Lineal”.
    .	“Videovigilancia CO Juan de Austria”.
    .	“Videovigilancia RM Alcorcón”:
    .	“Videovigilancia RM Arganda”.
    .	“Videovigilancia RM Cisneros”.
    .	“Videovigilancia RM Colmenar Viejo”.
    .	“Videovigilancia RM Doctor González Bueno”.
    Dicha fase de alegaciones tendrá una duración de quince días hábiles, que se computarán a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Durante este plazo y a los efectos de lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, las personas interesadas podrán examinar el mencionado proyecto de Orden en las dependencias del Servicio Regional de Bienestar Social, sitas en la calle Agustín de Foxá, número 31, de Madrid, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, y presentar las alegaciones pertinentes en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
    Madrid, a 15 de marzo de 2012..El Secretario General Técnico, Juan Melgar Fernández de Henestrosa.
    (03/11.291/12)</texto>
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