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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/04/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento ordinario 1.857 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 1.857 de 2009 
    En el juicio de procedimiento ordinario número 1.857 de 2009, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
    Sentencia número 205 de 2010
    En la villa de Madrid, a 6 de octubre de 2010..En nombre de Su Majestad el Rey, la señora doña Marta Gutiérrez del Olmo Menéndez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 18 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los precedentes autos de juicio ordinario, seguidos con el número 1.857 de 2009, por demanda interpuesta por la procuradora doña África Martín Rico, en representación de “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, defendida por el letrado señor Esteban Villar, contra doña María Francisca Baso Álvarez, en rebeldía en los presentes autos.
    Fallo
    Se estima la demanda formulada por el procurador don Valentín Quevedo García, en representación de “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, defendida por el letrado señor Esteban Villar, contra doña María Isabel Gómez Puerto, en rebeldía en los presentes autos, y se condena a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de 4.193,46 euros, al pago de los intereses legales desde la interpelación judicial y al pago de las costas causadas.
    Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que la misma no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.
    Adviértase a las partes que no se admitirá a trámite el recurso si no se acredita haber consignado la cantidad de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
    Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
    En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña Francisca Baso Álvarez la sentencia de fecha 6 de octubre de 2011.
    En Madrid, a 15 de marzo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (02/2.563/12)</texto>
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