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    <titulo>– Leganés. Urbanismo. Proyecto compensación Prado Overa</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LEGANÉS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
    URBANISMO
 

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Proyecto compensación Prado Overa 
    Expediente número 000113/2007-039PLA.
    La Junta de Gobierno Local de fecha 28 de febrero de 2012 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
    Primero..Aprobar definitivamente el Proyecto de Operaciones Complementarias al Proyecto de Compensación respecto de la Manzana 14 del Polígono Industrial del Sector IA-5 “Prado Overa” del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, tramitado a instancias de la Junta de Compensación del Sector IA-5 “Prado Overa”.
    Segundo..Desestimar las alegaciones formuladas en relación con el acuerdo de aprobación inicial por los motivos expuestos en el cuerpo del presente acuerdo.
    Tercero..Requerir a los interesados para que procedan a la inscripción del documentos en el Registro de la Propiedad de Leganés.
    Cuarto..Proceder a la notificación individualizada del presente acuerdo a todos los interesados en el expediente, con indicación de los recursos que resulten procedentes.
    Quinto..Proceder a la publicación del presente acuerdo mediante la inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios y edictos de este Ayuntamiento.
    Lo que se hace público, para general conocimiento, significándose que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo potestativamente recurso de reposición, ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a que se efectúe esta. En el supuesto de interposición de recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta su resolución expresa, en el plazo de un mes, o su desestimación presunta en el plazo de seis meses, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.
    Todo ello, sin perjuicio de que puede ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente en defensa de sus derechos, artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    Leganés, a 15 de marzo de 2012..El concejal-delegado de Urbanismo, Miguel Ángel Recuento Checa.
    (02/2.540/12)</texto>
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