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    <fecha_publicacion>2012/04/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 2. Juicio de faltas 247 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 247 de 2011 
    Doña Laura Garzón Vicente, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Leganés.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 247 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    Sentencia
    En Leganés (Madrid), a 6 de septiembre de 2011..Visto en juicio oral y público por la ilustrísima doña Mónica Sánchez Sánchez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Leganés (Madrid), los presentes autos del juicio inmediato de faltas número 247 de 2011, por una presunta falta de hurto, y en los que han sido partes: como denunciada, doña Noelia Pavón Escobar; como denunciante, don Alberto Martínez García, así como el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública, y como perjudicada, la entidad comercial “Jack &amp; Jones”.
    Fallo
    Que debo condenar y condeno a doña Noelia Pavón Escobar, como autora de una falta de hurto, a la pena de dos meses de multa, a razón de una cuota diaria de 8 euros, con responsabilidad subsidiaria en caso de impago de privación de libertad o de trabajos en beneficio de la comunidad, así como a que abone las costas procesales causadas, procediéndose, una vez firme esta resolución, a su inmediata ejecución.
    Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Noelia Pavón Escobar, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 29 de febrero de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/9.822/12)</texto>
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