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    <titulo>Madrid número 20. Demanda 984 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

135 

Demanda 984 de 2010 
    Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 984 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Alconada Benito Mate, contra la empresa “Tecnología en Prevención, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Sentencia
    En Madrid, a 23 de enero de 2012.
    Vistos por la ilustrísima doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, los presentes autos sobre ordinario, seguidos con el número 984 de 2010, entre partes: de una, y como demandante, doña María Alconada Benito Mate, y de otra, como demandada, la empresa “Tecnología en Prevención, Sociedad Limitada”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial que no comparece pese a esta citados en legal forma.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,
    Parte dispositiva:
    Que estimando la demanda interpuesta por doña María Alconada Benito Mate, contra la empresa “Tecnología en Prevención, Sociedad Limitada”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada, a abonar a la actora la suma de 2.615,62 euros cantidad que se incrementará en un 10 por 100 de interés de mora.
    En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.
    Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.
    Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias, de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, la pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón  de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia, o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tecnología en Prevención, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 1 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/9.567/12)</texto>
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