<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120405-45</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/04/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 18. Juicio de faltas 482 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>82</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-04-05-82220320120044</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/05/BOCM-20120405-45.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/05/BOCM-20120405-45.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/05/BOCM-20120405-45.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/05/BOCM-20120405-45.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
 

45 

Juicio de faltas 482 de 2011 
    Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 482 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    Sentencia número 508 de 2011
    En Madrid, a 15 de noviembre de 2011..Vistos por mí, don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 482 de 2011, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, y como implicados: don Antonio García Motos Sánchez, doña Petra Vórquez Pérez y doña María Vórquez Pérez, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:
    Fallo
    Absuelvo libremente a doña Petra Vórquez Pérez y doña María Vórquez Pérez de la falta por la que han sido denunciadas en el presente procedimiento.
    Declaro de oficio las costas del proceso.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    El escrito de recurso deberá expresar ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en que se base de impugnación.
    Se fijará un domicilio para notificación, debiendo acompañar tantas copias como partes hubiere.
    El recurso se resolverá por la Audiencia Provincial de Madrid.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Petra Vórquez Pérez y a doña María Vórquez Pérez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 24 de febrero de 2012..El secretario (firmado).
    (03/9.532/12)</texto>
</documento>