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    <titulo>– Torrelaguna. Régimen económico. Presupuesto 2012</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torrelaguna</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE TORRELAGUNA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Presupuesto 2012 
    En sesión extraordinaria del Pleno, de 13 de marzo de 2012, se aprobó definitivamente el presupuesto para el año 2012, sus bases de ejecución y plantilla de personal, de conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
           
        Plantilla de personal
    a)	Funcionarios:
    .	Secretario-interventor: 1 plaza.
    .	Oficial administrativo: 1 plaza.
    .	Auxiliar administrativo: 1 plaza.
    .	Ordenanza: 1 plaza.
    .	Cabo Policía Municipal: 1 plaza.
    .	Policías Municipales: 2 plaza.
    .	Policía Municipales (BESCAM): 6 plazas.
    b)	Personal laboral:
    .	Encargado mantenimiento: 2 plazas.
    .	Oficial 1.a mantenimiento: 2 plazas.
    .	Peón mantenimiento: 5 plazas.
    .	Limpiador: 8 plazas.
    .	Director Escuela Infantil: 1 plaza.
    .	Educadores: 8 plazas.
    .	Director Casa Cultura: 1 plaza.
    .	Profesor música: 3 plazas.
    .	Bibliotecario: 1 plaza.
    .	Auxiliar de Biblioteca: 1 plaza.
    .	Coordinador deportivo: 1 plaza.
    .	Ayudante coordinador deportivo: 1 plaza.
    .	Especialista deportivo: 1 plaza.
    .	Auxiliar deportivo: 1 plaza.
    .	Monitor deportivo: 3 plazas.
    .	Fisioterapeuta: 1 plaza.
    .	Oficial administrativo: 1 plaza.
    .	Auxiliar administrativo: 3 plazas.
    .	Conserje/auxiliar de control: 5 plazas.
    .	Arquitecto: 1 plaza.
    .	AEDL: 1 plaza.
    .	Animador sociocultural: 1 plaza.
    Total plantilla: 65.
    Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa con las formalidades y causas establecidas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en la forma y plazos establecidos en las normas de dicha jurisdicción.
    Torrelaguna, a 14 de marzo de 2012..El alcalde, Óscar Jiménez Bajo.
    (03/10.756/12)</texto>
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