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    <fecha_publicacion>2012/04/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 64. Procedimiento ordinario 354 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 64
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 354 de 2007 
    En el procedimiento ordinario número 354 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:
    Sentencia
    En Madrid, a 3 de febrero de 2012..Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Zabala Alonso, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 64 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 354 de 2007, promovidos a instancias de la entidad “El Encinar del Alberche, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Reyes Virginia García de Palma y defendida por el letrado don David García de Palma, contra doña María Torrijos Jurado, en situación de rebeldía.
    Fallo
    Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Reyes Virginia García de Palma, en nombre y representación de la entidad “El Encinar del Alberche, Sociedad Anónima”, contra doña María Torrijos Jurado, debo declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa celebrado entre ambas partes el 12 de agosto de 1974 en relación con la parcela número 237 de la sexta fase de la urbanización “El Encinar del Alberche”, del término municipal de Villa del Prado (Madrid), con obligación de la actora de reintegrar las cantidades que esta hubiera abonado a cuenta del precio, y con expresa imposición a la misma demandada de las costas causadas en este proceso.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de primera instancia (firmado).
    La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación, debiendo acreditar al interponerlo haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2661), clave (02), a favor del presente expediente, como depósito, la cantidad de 50 euros.
    En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña María Torrijos Jurado la sentencia de fecha 3 de febrero de 2011 dictada en este procedimiento.
    En Madrid, a 6 de febrero de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/1.903/12)</texto>
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