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    <fecha_publicacion>2012/04/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Procedimiento ordinario 1.287 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 40
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 1.287 de 2009 
    Doña María del Rosario Martínez García, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid.
    Hago saber: Que en este Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, sito en la calle Capitán Haya, número 66, quinta planta, se siguen los autos del juicio a instancias de las partes referenciadas, dictándose la sentencia siguiente:
    Sentencia número 31
    En Madrid, a 16 de febrero de 2012..El ilustrísimo señor don Juan José Escalonilla Morales, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, habiendo visto el presente procedimiento de juicio ordinario tramitado por este Juzgado con el número de autos 1.287 de 2009, entre partes: de una, y como demandante, “Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria”, representada en juicio por la procuradora de los tribunales doña Adela Cano Lantero y asistida por la letrada doña Ana María García Expósito, y como demandada, la mercantil “Olseling Consultores, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía.
    Fallo
    Que estimando pertinente la demanda interpuesta por “Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria”, representada en juicio por la procuradora de los tribunales doña Adela Cano Lantero, contra la mercantil “Olseling Consultores, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a dicha sociedad demandada a pagar a la actora la cantidad de 11.350,31 euros, junto con los intereses moratorios devengados por dicha suma al tipo pactado, con expresa imposición a dicha demandada de las costas causadas.
    Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días a partir de su notificación.
    Llévese testimonio de la presente resolución al procedimiento de referencia.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que tenga efecto la notificación de la sentencia a la demandada en autos “Olseling Consultores, Sociedad Limitada”, y para su inserción en el “Boletín Oficial del Estado” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide la presente en Madrid, a 8 de marzo de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/2.404/12)</texto>
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