<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120403-7</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2012/04/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Fichero de datos personales
– Orden 775/2012, de 15 de marzo, por la que se crean, se modifican y se suprimen ficheros de datos de carácter personal en materia de sanidad y producción animal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>80</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-04-03-80270320120112</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/03/BOCM-20120403-7.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/03/BOCM-20120403-7.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/03/BOCM-20120403-7.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/03/BOCM-20120403-7.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
    C) Otras Disposiciones
    CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO           
 

7 

ORDEN 775/2012, de 15 de marzo, por la que se crean, se modifican y se suprimen ficheros de datos de carácter personal en materia de sanidad y producción animal. 
    La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, incluidos en el ámbito de aplicación de la misma, se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el diario oficial que corresponda.
    El artículo 5 de esta norma prevé que la iniciativa en la tramitación del procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, corresponderá al órgano titular de la función específica en que se concrete la competencia sobre la materia a cuyo ejercicio sirva instrumentalmente el fichero.
    El procedimiento anterior ha sido objeto de desarrollo mediante el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.
    De conformidad con lo dispuesto en el referido Decreto 99/2002, de 13 de junio, se elaboró el proyecto de Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por la que se crean los ficheros de datos de carácter personal denominados “Registro Ganadería”, “Registro Med. y Alim. Animal”, “Gestión Producción Láctea”, “Ayudas Ganadería” y “Anticuerpos Rabia”, se modifican los ficheros “Industrias de Transformación” y “Vehículos” y se suprimen los ficheros “REGAMAD”, “RIIA”, “REMO”, “SGSA”, “SIRA”, “Registro Estable Sector Alim. Animal”, “REGMEVET”, “BLANCA” y “Abandono”.
    El proyecto de Orden, junto con la memoria de necesidad y oportunidad, la memoria económica y el informe de impacto por razón de género, fue sometido al trámite de información pública, sin que se hayan presentado alegaciones durante el mismo, y ha sido objeto de los informes preceptivos tanto de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid como de los Servicios Jurídicos en la Consejería.
    El fichero de datos “Registro Ganadería” contiene datos básicos en materia de animales, explotaciones ganaderas y movimientos sanitarios en la Comunidad de Madrid, con la finalidad de recoger los datos (básicos, identificativos, sanitarios y movimientos, entre otros) de todas las explotaciones ganaderas y sus animales. 
    El fichero “Registro Med. y Alim. Animal” recoge los datos de los establecimientos dispensadores de medicamentos veterinarios y de los fabricantes e intermediarios de piensos.
    El fichero “Gestión Producción Láctea” recoge los datos derivados de la gestión de la producción láctea.
    El fichero “Ayudas Ganadería” recoge los datos de subvenciones concedidas en materia de sanidad y producción animal.
    El fichero “Anticuerpos Rabia” recoge los datos de propietarios de animales de compañía y veterinarios que solicitan análisis para viajar a otros países. 
    Todos los datos de carácter personal recogidos en estos ficheros son de tipo identificativo y no contienen datos de carácter sensible, siendo necesarios para llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal relacionados con expedientes en materia de sanidad y producción animal.
    Los ficheros de datos de carácter personal “Industrias de Transformación” y “Vehículos” se modifican, pasando de informatizados a mixtos. 
    Por último se suprimen varios ficheros, quedando englobados en los de nueva creación. 
    Los ficheros “REGAMAD”, “RIIA”, “REMO”, “SGSA” y “SIRA” se suprimen y son englobados por el fichero “Registro Ganadería”; los ficheros “Registro Estable Sector Alim. Animal” y “REGMEVET” se suprimen y son englobados por “Registro Med. y Alim. Animal”; y los ficheros “BLANCA” y “Abandono” se suprimen para ser englobados por “Gestión Producción Láctea”.
    Por cuanto antecede, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 33/2012, de 16 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, y habiéndose cumplido los trámites establecidos en el artículo 5 de la misma,
    DISPONGO
    Artículo 1
    Creación de ficheros
    Se crean los ficheros de datos de carácter personal “Registro Ganadería”, “Registro Med. y Alim. Animal”, “Gestión Producción Láctea”, “Ayudas Ganadería”, y “Anticuerpos Rabia”, que contienen datos de carácter personal, dependientes de la Dirección General del Medio Ambiente, cuyas características se relacionan en el Anexo I de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal.
    Artículo 2
    Modificación de ficheros
    Se modifican los ficheros “Industrias de Transformación” y “Vehículos”, dependientes de la Dirección General del Medio Ambiente, cuyas características se relacionan en el Anexo II de la presente Orden, pasando los mismos de informatizados a mixtos.
    Artículo 3
    Supresión de ficheros
    Se suprimen los ficheros “REGAMAD”, “RIIA”, “REMO”, “SGSA”, “SIRA”, “Registro Estable Sector Alim. Animal”, “REGMEVET”, “BLANCA” y “Abandono”, dependientes de la Dirección General del Medio Ambiente, cuyas características se relacionan en el Anexo III de la presente Orden.
    Artículo 4
    Medidas de seguridad de los datos
    En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en los ficheros que se crean, se modifican y se suprimen, se dará cumplimiento, en los términos que se establecen en los Anexos de esta Orden, a lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
    Artículo 5
    Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos
    Las personas afectadas por estos ficheros podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante el órgano responsable del fichero.
    DISPOSICIÓN FINAL
    Única
    Entrada en vigor
    La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Madrid, a 15 de marzo de 2012.
    		La Consejera de Medio Ambiente 		y Ordenación del Territorio, 		ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA
    ANEXO I
    CREACIÓN DE FICHEROS
    1.  Fichero: REGISTRO GANADERÍA.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.
    Identificación y finalidad del fichero:
    .	Nombre: REGISTRO GANADERÍA.
    .	Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: RECOGE DATOS DE IDENTIFICACIÓN, SANIDAD Y MOVIMIENTO DE LOS ANIMALES Y DE LAS EXPLOTACIONES GANADERAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Procedencia de los datos y colectivos o categoría de interesados: El propio interesado o su representante legal, otras personas físicas.
    Colectivos o categoría de interesados: Solicitantes.
    Tipos de datos y organización del fichero:
    .	Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.
    .	Otros tipos de datos personales: Datos académicos y profesionales, datos económicos, financieros y de seguros.
    Sistema de tratamiento: Mixto.
    Medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico.
    Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Órganos judiciales, otros órganos de la Administración del Estado, otros órganos de la Comunidad Autónoma, otros órganos de la Administración Local, Fuerzas y Cuerpos de seguridad, interesados legítimos.
    No se prevén transferencias internacionales.
    2.  Fichero: REGISTRO MED. Y ALIM. ANIMAL.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.
    Identificación y finalidad del fichero:
    .	Nombre del fichero: REGISTRO MED. Y ALIM. ANIMAL.
    .	Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: RECOGER LOS DATOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL REGISTRO DE LAS EMPRESAS Y PERSONAS FÍSICAS DEDICADAS A LA DISPENSACIÓN O APLICACIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS, FABRICANTES Y DISTRIBUIDORES DE PIENSOS. 
    Procedencia de los datos y colectivos o categoría de interesados: El propio interesado o su representante legal, y otras personas físicas, entidad privada, Administraciones públicas.
    Colectivos o categoría de interesados: Solicitantes.
    Tipos de datos y organización del fichero: 
    .	Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma electrónica.
    .	Otros tipos de datos personales: Datos académicos y profesionales, datos de información comercial.
    Sistema de tratamiento: Mixto.
    Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico.
    Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Órganos judiciales, otros órganos de la Administración del Estado, otros órganos de la Comunidad Autónoma, otros órganos de la Administración Local, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, interesados legítimos.
    No se prevén transferencias internacionales.
    3.  Fichero: GESTIÓN PRODUCCIÓN LÁCTEA.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente. 
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.
    Identificación y finalidad del fichero: 
    .	Nombre del fichero: GESTIÓN PRODUCCIÓN LÁCTEA.
    .	Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: RECOGER LOS DATOS NECESARIOS PARA CONTROLAR LA PRODUCCIÓN DE LOS OPERADORES Y PRODUCTORES LÁCTEOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID, ASÍ COMO EL CONTROL DE LA CALIDAD Y TRAZABILIDAD DE LA LECHE CRUDA DE VACA OVEJA Y CABRA.
    Procedencia de los datos y colectivos o categoría de interesados: El propio interesado o su representante legal, otras personas físicas. Administraciones públicas.
    Colectivos o categoría de interesados: Solicitantes.
    Tipos de datos y organización del fichero:
    .	Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma electrónica.
    Sistema de tratamiento: Mixto.
    Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico.
    Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Órganos judiciales, otros órganos de la Administración del Estado, otros órganos de la Comunidad Autónoma, otros órganos de la Administración Local.
    No se prevén transferencias internacionales.
    4.  Fichero: AYUDAS GANADERÍA.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.
    Identificación y finalidad del fichero: 
    .	Nombre del fichero: AYUDAS GANADERÍA.
    .	Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: RECOGER LOS DATOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO LA GESTIÓN DE AYUDAS EN MATERIA DE SANIDAD Y PRODUCCIÓN ANIMAL.
    Procedencia de los datos y colectivos o categoría de interesados: El propio interesado o su representante legal, entidad privada.
    Colectivos o categoría de interesados: Beneficiarios.
    Tipos de datos y organización del fichero:
    .	Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma electrónica.
    Sistema de tratamiento: Mixto.
    Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico.
    Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Órganos judiciales, otros órganos de la Administración del Estado, otros órganos de la Comunidad Autónoma.
    No se prevén transferencias internacionales.
    5.  Fichero: ANTICUERPOS RABIA.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Dirección General del Medio Ambiente.
    Identificación y finalidad del fichero: 
    .	Nombre del fichero: ANTICUERPOS RABIA.
    .	Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: RECOGE DATOS DE PROPIETARIOS DE ANIMALES DE COMPAÑÍA Y VETERINARIOS QUE SOLICITAN ANÁLISIS PARA VIAJAR A OTROS PAÍSES.
    Procedencia de los datos y colectivos o categoría de interesados: El propio interesado o su representante legal, otras personas físicas.
    Colectivos o categoría de interesados: Solicitantes.
    Tipos de datos y organización del fichero:
    .	Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, dirección, teléfono.
    .	Otros datos de carácter identificativo: Datos vacunación animal.
    Sistema de tratamiento: Mixto.
    Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico.
    Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Otros órganos de la Administración del Estado, interesados legítimos.
    No se prevén transferencias internacionales.
    ANEXO II
    MODIFICACIONES DE FICHEROS
    1.  Fichero: 2003400025 INDUSTRIAS DE TRANSFORMACIÓN.
    Tipos de datos y organización del fichero:
    .	Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.
    Sistema de tratamiento: Mixto.
    Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico.
    2.  Fichero: 2003400024 VEHÍCULOS.
    Tipos de datos y organización del fichero:
    .	Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.
    Sistema de tratamiento: Mixto.
    Nivel de medidas de seguridad que corresponde aplicar: Básico.
    ANEXO III
    SUPRESIÓN DE FICHEROS
    1.  Fichero: 2050620001 REGAMAD.
    Motivo por el que se suprime el fichero: QUEDA ENGLOBADO DENTRO DEL FICHERO DE NUEVA CREACIÓN: REGISTRO GANADERÍA.
    Destino de los datos contenidos en el mismo o, si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción: REGISTRO GANADERÍA.
    2.  Fichero: 2070380002 RIIA.
    Motivo por el que se suprime el fichero: QUEDA ENGLOBADO DENTRO DEL FICHERO DE NUEVA CREACIÓN: REGISTRO GANADERÍA.
    Destino de los datos contenidos en el mismo o, si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción: REGISTRO GANADERÍA.
    3.  Fichero: 2070380003 REMO.
    Motivo por el que se suprime el fichero: QUEDA ENGLOBADO DENTRO DEL FICHERO DE NUEVA CREACIÓN: REGISTRO GANADERÍA.
    Destino de los datos contenidos en el mismo o, si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción: REGISTRO GANADERÍA.
    4.  Fichero: 2070380001 SGSA.
    Motivo por el que se suprime el fichero: QUEDA ENGLOBADO DENTRO DEL FICHERO DE NUEVA CREACIÓN: REGISTRO GANADERÍA.
    Destino de los datos contenidos en el mismo o, si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción: REGISTRO GANADERÍA.
    5.  Fichero: 2013510004 SIRA.
    Motivo por el que se suprime el fichero: QUEDA ENGLOBADO DENTRO DEL FICHERO DE NUEVA CREACIÓN: REGISTRO GANADERÍA.
    Destino de los datos contenidos en el mismo o, si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción: REGISTRO GANADERÍA.
    6.  Fichero: 1991670001 REGISTRO ESTABLEC. SECTOR ALIM. ANIMAL.
    Motivo por el que se suprime el fichero: QUEDA ENGLOBADO DENTRO DEL FICHERO DE NUEVA CREACIÓN: REGISTRO MED. Y ALIM. ANIMAL.
    Destino de los datos contenidos en el mismo o, si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción: REGISTRO MED. Y ALIM. ANIMAL.
    7.  Fichero: 1991720025 REGMEVET.
    Motivo por el que se suprime el fichero: QUEDA ENGLOBADO DENTRO DEL FICHERO DE NUEVA CREACIÓN: REGISTRO MED. Y ALIM. ANIMAL.
    Destino de los datos contenidos en el mismo o, si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción: REGISTRO MED. Y ALIM. ANIMAL.
    8.  Fichero: 2013510023 BLANCA.
    Motivo por el que se suprime el fichero: QUEDA ENGLOBADO DENTRO DEL FICHERO DE NUEVA CREACIÓN: GESTIÓN PRODUCCIÓN LÁCTEA.
    Destino de los datos contenidos en el mismo o, si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción: GESTIÓN PRODUCCIÓN LÁCTEA.
    9.  Fichero: 1973170011 ABANDONO.
    Motivo por el que se suprime el fichero: QUEDA ENGLOBADO DENTRO DEL FICHERO DE NUEVA CREACIÓN: GESTIÓN PRODUCCIÓN LÁCTEA.
    Destino de los datos contenidos en el mismo o, si se va a destruir el fichero, las previsiones que se adopten para su destrucción: GESTIÓN PRODUCCIÓN LÁCTEA.
    (03/11.002/12)</texto>
</documento>