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    <titulo>– Tres Cantos. Organización y funcionamiento. Reglamento Regulador Servicios Policía Local</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Tres Cantos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Reglamento Regulador Servicios Policía Local 
    El Pleno Municipal de Tres Cantos, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de febrero de 2012, adoptó el acuerdo de Pleno por el que se aprueban inicialmente el Reglamento Regulador de los Servicios de Policía Local del Ayuntamiento de Tres Cantos.
    De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete a información pública, mediante anuncio publicado en el tablón de edictos municipal, durante un plazo de treinta días hábiles a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales puede ser examinado el correspondiente expediente y presentarse reclamaciones y sugerencias dirigidas al Pleno.
    Tres Cantos, a 8 de marzo de 2012..El alcalde (PDF, decreto de Alcaldía 1378/2011, de 13 de junio), el concejal-delegado del Área de Gobierno de Recursos Humanos, Policía y Protección Civil, Antonio A. Avilés García.
    (03/10.326/12)</texto>
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