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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 221 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

260 

Demanda 221 de 2011 
    Don Manuel López Jara, secretario judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 221 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Andrés Areiza Padilla, contra las empresa “Ideas Gastronómicas, Sociedad Limitada”, “Solomillo Que Te Pillo, Sociedad Limitada”, Y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Fallo
    Que estimando parcialmente la demanda formulada por don José Andrés Areiza Padilla, contra las empresas “Ideas Gastronómicas, Sociedad Limitada”, y “Solomillo Que Te Pillo, Sociedad Limitada”, en materia de reclamación de cantidad con intervención del Fondo de Garantía Salarial debo condenar y condeno a la empresa “Solomillo Que Te Pillo, Sociedad Limitada”, a abonar a don José Andrés Areiza Padilla la cantidad de 162,39 euros, asimismo, debo de absolver y absuelvo a la empresa “Ideas Gastronómicas, Sociedad Limitada”, de los pedimentos en su contra deducidos.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no cabe recurso.
    Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ideas Gastronómicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 28 de febrero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/8.844/12)</texto>
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