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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 323 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

246 

Demanda 323 de 2011 
    Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 323 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yohana Francisca Medina Matos, contra la empresa “Sal y Canela 66, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Acta
    En Madrid, a 9 de marzo de 2012..Ante la ilustrísima magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 32 de Madrid, doña María Luisa Gil Meana, y con mi asistencia, el secretario judicial, don David Atienza Marcos, comparecen: como parte demandante, doña Yohana Francisca Medina Matos, con número de identificación de extranjería X-3738678-M, asistida por el letrado don José F. Javier Barandiarán Irigoyen, con número de colegiado 21.411, y como parte demandada, “Sal y Canela 66, Sociedad Limitada”, no comparece.
    La parte solicita del Juzgado la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio señalados, alegando los siguientes motivos:
    A la vista de las manifestaciones de que está cerrada la empresa se suspende para citar al Fondo de Garantía Salarial.
    Su señoría ilustrísima a la vista de lo manifestado por las partes, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicios señalados y se señalan nuevamente para el día 25 de mayo de 2012, a las nueve horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación.
    Dándose por notificadas las partes, el presente acuerdo, termina esta comparecencia, firmando este acta los que en la misma intervienen, después de su señoría ilustrísima, de lo que yo, el secretario judicial, doy fe.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sal y Canela 66, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 9 de marzo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/10.357/12)</texto>
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