<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120402-119</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/04/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Leganés número 5. Juicio de faltas 262 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>79</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-04-02-79150320120256</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/02/BOCM-20120402-119.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/02/BOCM-20120402-119.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/02/BOCM-20120402-119.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/04/02/BOCM-20120402-119.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5
    EDICTO
 

119 

Juicio de faltas 262 de 2011 
    Doña Mercedes Riolobos Izquierdo, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Leganés.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 262 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su fallo dice:
    Condeno a don Luis Miguel Jaraba Delgado, como autor de una falta de daños, en grado tentativa, prevista y penada en el artículo 625.1 del Código Penal, a una pena de multa de veinte días, con cuota diaria de 10 euros (200 euros), que deberá abonar en un único plazo de un mes, advirtiéndole que el impago de la multa dará lugar a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas impagadas, así como a indemnizar al establecimiento “Telepizza”, de la avenida del Doctor Martín Vegué, de Leganés, en la cantidad de 16 euros y, asimismo, el pago de las costas procesales.
    Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación. De acuerdo con el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Civil durante este período se hallan las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Luis Miguel Jaraba Delgado, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 27 de febrero de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/9.142/12)</texto>
</documento>