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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2012/04/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 5. Juicio de faltas 330 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5
EDICTO

111
Juicio de faltas 330 de 2011

Doña Martina Milano Navarro, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Alcorcón (Madrid).
Hace saber y participa: Que en el juicio de faltas número 330 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Sentencia
En Alcorcón, a 28 de octubre de 2011..Habiendo visto su señoría, doña Sara Perales Jarillo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5, de Alcorcón y su partido, los presentes autos de juicio de faltas con el número referenciado, sobre falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, siendo partes: “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, en calidad de denunciante; don José López Calvo, doña Nadia Missak Pasalodos y doña Aroa Guisado Rodríguez, en calidad de denunciados.
Fallo
Que debo condenar y condeno a la parte denunciada don José López Calvo, doña Nadia Missak Pasalodos y doña Aroa Guisado Rodríguez, como autores responsables de una falta de hurto, a la pena de un mes de multa, cada uno, con una cuota diaria de 3 euros.
El impago de la multa determina una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
Se imponen a la parte denunciada las costas que, en su caso, se hubieren causado.
Esta resolución no es firme, frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación al ministerio fiscal y a las partes.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José López Calvo, doña Nadia Missak Pasalodos y doña Aroa Guisado Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente en Alcorcón, a 27 de febrero de 2012..La secretaria (firmado).
(03/9.140/12)</texto>
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