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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <titulo>Puesto funcional
– Resolución de 13 de marzo de 2012, del Director General de Función Pública, por la que se adjudica, en turno restringido, el puesto funcional de Libre Designación Director/a Centro de Acogida Residencia Norte (NPT 16015) adscrito a la Consejería de Asuntos Sociales, convocado por Orden 1909/2011, de 5 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), del Consejero de Asuntos Sociales</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
    B) Autoridades y Personal
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RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2012, del Director General de Función Pública, por la que se adjudica, en turno restringido, el puesto funcional de Libre Designación Director/a Centro de Acogida Residencia Norte (NPT 16015) adscrito a la Consejería de Asuntos Sociales, convocado por Orden 1909/2011, de 5 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), del Consejero de Asuntos Sociales. 
    Vista la propuesta del Secretario General Técnico de la Consejería de Asuntos Sociales, de acuerdo con lo establecido en la base séptima, punto 2, de la Orden 1909/2011, de 5 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), del Consejero de Asuntos Sociales, por la que se convocaban pruebas selectivas para proveer, en turno restringido, el puesto funcional de Libre Designación Director/a Centro de Acogida Residencia Norte (NPT 16015), adscrito a la Consejería de Asuntos Sociales,
    DISPONGO
    Primero
    Adjudicar, en turno restringido, el puesto funcional de Libre Designación Director/a Centro de Acogida Residencia Norte (NPT 16015), adscrito a la Consejería de Asuntos Sociales a doña Ángeles San José García (DNI 51622684-N).
    Segundo
    La presente Resolución tendrá efectos desde el 1 de abril de 2012, debiendo, con esa fecha, producirse la incorporación de la seleccionada a su puesto de trabajo y, en su caso, el cese del trabajador adscrito con carácter provisional al mismo. Igualmente deberá formalizarse en el contrato de trabajo de la seleccionada la oportuna diligencia del consentimiento respecto de las nuevas condiciones laborales. En cuanto al régimen de remoción del puesto, de dedicación y de retribuciones se estará a las prescripciones contenidas en el Convenio Colectivo.
    Tercero
    Contra la presente Resolución podrán interponer los interesados, ante la Consejera de Presidencia y Justicia, reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral, en los términos y con los efectos previstos en los artículos 69 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril.
    Madrid, a 13 de marzo de 2012..El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.
    (03/10.894/12)</texto>
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