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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁCERES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/03/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Cáceres número 2. Ejecución 19 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁCERES NÚMERO 2
    EDICTO
 

197 

Ejecución 19 de 2012 
    Don David Méndez Calvo, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Cáceres.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 19 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Jesús Sansón García, contra la empresa “Viajes Crisol, Sociedad Anónima”, administración concursal y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuyo tenor literal es el siguiente:
    Auto número 2 de 2012
    Magistrado-juez de lo social, señor don José María Cabezas Vadillo..En Cáceres, a 18 de enero de 2012.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Parte dispositiva:
    Dispongo: No ha lugar a despachar la ejecución interesada por encontrarse la entidad ejecutada “Viajes Crisol, Sociedad Anónima”, en situación de concurso. Hágase entrega a la parte actora de testimonio de este auto y sentencia recaída y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.
    Notifíquese a las partes.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Viajes Crisol, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Cáceres, a 21 de febrero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/8.431/12)</texto>
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