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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Proyecto reparcelación Desarrollo del Este-El Cañaveral</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MADRID
    URBANISMO
    Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 

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Proyecto reparcelación Desarrollo del Este-El Cañaveral 
    La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 15 de marzo de 2012, y en el expediente administrativo con RG.a 711/2009/1157, ha adoptado el siguiente acuerdo:
    «Aprobar la segunda operación jurídica complementaria al Proyecto de Reparcelación del Suelo Urbanizable 2.01 “Desarrollo del Este-El Cañaveral”, con publicación del acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de la ciudad de Madrid y en un periódico de los de mayor difusión de la localidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 108 en relación con el 111 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, procediéndose con posterioridad a la emisión de la preceptiva certificación administrativa, para su inscripción en el Registro de la Propiedad, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 174.5 del Reglamento de Gestión Urbanística de 25 de agosto de 1978, artículos 51 y 52 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y los artículos 6 y 7 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las Normas Complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre la inscripción de los actos de naturaleza urbanística en el Registro de la Propiedad».
    Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
    Madrid, a 17 de marzo de 2012..La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.
    (02/2.545/12)</texto>
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