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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 815 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

230 

Demanda 815 de 2011 
    Doña María del Mar Alejo Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 815 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ricardo Centenera Villena, contra la empresa “Toribio y Abilio Nieto Gutiérrez, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
    Acta
    En Madrid, a 5 de marzo de 2012..Ante la ilustrísima magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 37 de Madrid, doña María Romero-Valdespino Jiménez, y con mi asistencia, el secretaria judicial, comparecen: don Ricardo Centenera Villena, con documento nacional de identidad número 409548-X, representado por el letrado don Alejandro López-Royo Migoya, colegiada número 44.934, según poder que exhibe y retira otorgado en Madrid, el 23 de mayo de 2011, ante el notario don Martín María Recarte Casanova, número de protocolo 1.133, y como demandados, “Toribio y Abilio Nieto Gutiérrez, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, no comparecen.
    La parte actora solicita del Juzgado la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio señalados, alegando que la parte demandada no está citada según los plazos establecidos por la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (quince y veintidós días, respectivamente).
    Su señoría ilustrísima, a la vista de lo manifestado por la parte, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio señalados y se señalan nuevamente para la audiencia del día 24 de abril de 2012, a las diez cincuenta y cinco horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación.
    Dándose por notificadas y citadas las partes del presente acuerdo, termina esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, después de su señoría ilustrísima, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Toribio y Abilio Nieto Gutiérrez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente  en Madrid, a 5 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/9.333/12)</texto>
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