<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120326-145</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLA DEL PRADO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/03/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villa del Prado. Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Servicios y Bienes Informáticos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>73</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2012-03-26-73140320120372</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/26/BOCM-20120326-145.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/26/BOCM-20120326-145.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/26/BOCM-20120326-145.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/26/BOCM-20120326-145.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villa del Prado</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

145 

Reglamento Uso Servicios y Bienes Informáticos 
    El Pleno del Ayuntamiento del Villa del Prado, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de febrero de 2012, acordó la aprobación inicial del Reglamento Municipal de Uso de los Servicios y Bienes Informáticos y de Comunicaciones del Ayuntamiento de Villa del Prado y del acuerdo de buenas prácticas en la utilización de los sistemas de información y de comunicación del Ayuntamiento de Villa del Prado.
    De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local se somete a información pública y audiencia de los interesados por el plazo de treinta días naturales, durante el cual se podrán presentar reclamaciones y sugerencias, que serán resueltas por el mismo órgano.
    En caso de que durante el referido plazo no se presenten reclamaciones o sugerencias se entenderá, conforme al artículo 49 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, definitivamente aprobado el acuerdo provisional.
    En Villa del Prado, a 7 de marzo de 2012..La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.
    (03/9.185/12)</texto>
</documento>